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Las Gacetillas de Eruviel: Promoción que nadie paga

La amonestación contra el Gobernador Eruviel Ávila por no evitar la publicación de gacetillas donde distintos periódicos promocionan sus logros de gobierno toca la frontera de la publicidad engañosa y la promoción personalizada sin huellas fiscales, sin embargo, genera una certeza: la administración estatal continúa beneficiándose de tales inserciones, aún a costa de persistir las quejas.

 

De manera diáfana la reciente amonestación que recibió el mandatario mexiquense por no cumplir medidas preventivas respecto a la publicación de gacetillas que en principio podrían considerarse como promoción personalizada, exhibe la perene relación entre la prensa y el poder en el marco del nuevo andamiaje constitucional que dan los artículos 6 y 134, cuyo espíritu busca evitar el uso de recursos públicos para favorecer la imagen del gobernante.

Sin embargo, la nueva regulación constitucional no impide que persistan las suspicacias sobre publicidad engañosa, que oficialmente no existe, además de estar latentes los viejos esquemas entre la prensa y el poder.

Lo ocurrido con el gobierno del Estado de México lo ilustra, administración que una y otra vez niega utilizar recursos públicos para la compra de gacetillas en distintos periódicos, medios impresos que a su vez publican gacetillas de características similares, donde se promocionan las obras y logros del Gobernador Eruviel Ávila, pero bajo el argumento de realizar una labor informativa dentro del ejercicio de la libertad de expresión.

Los litigios

La amonestación que el Congreso local emitió la semana anterior contra el Gobernador Ávila no es el único caso de promoción personalizada donde se involucra al mandatario mexiquense, pues el 22 de julio de 2015 la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitió la sentencia SUP-REP-365/2015, que revocó la resolución del 22 de mayo de la Sala Regional Especializada de este Tribunal, bajo el expediente SRE-PSC-113/2015, con lo cual se volverá a estudiar si el Gobernador Eruviel Ávila incurrió en promoción personalizada y en el indebido ejercicio de recursos públicos.

El litigio deriva de la queja presentada el 15 de abril de 2015 por el PRD, debido a la publicación de 11 notas periodísticas (tipo gacetillas), que después aumentarían a 13, en los periódicos de circulación nacional “La Jornada”, “El Universal”, “Excelsior” y “La Crónica”, difundidas entre el 5 y 17 de abril del presente año, en plenas campañas electorales federales.

Inicialmente la Sala Regional Especializada, en el expediente SRE-PSC-113/2015, declaró inexistente el uso indebido de recursos públicos y la promoción personalizada, pues no existió ninguna prueba fiscal o factura que comprobara que dichas notas fueron pagadas por el gobierno estatal, por lo cual no podría considerase como propaganda gubernamental.

Sin embargo, aclara que la “propaganda” fue realizada y difundida por los citados periódicos en ejercicio de su libertad de expresión.

“No es suficiente para acreditar que se actualice la promoción personalizada, pues derivado de las características del material y el contexto de su difusión, no se advierte en modo alguno, que se exalten cualidades, capacidades o virtudes del servidor público señalado ni contienen elementos que implícita o explícitamente estén dirigidos a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos”, refirió la resolución de esta Sala Regional.

Las 13 gacetillas publicadas coinciden en ser información donde no aparece el autor, además de que fueron destacadas dentro de un recuadro, lo cual las distingue del resto de la información periodística.

Los argumentos vertidos en esta resolución contrastan con los de la Sala Superior del mismo Tribunal, quien consideró que si bien no existen pruebas para determinar que el gobierno mexiquense pagó tales gacetillas, se debe clarificar el origen de tal información, así como la causa por la que dichos periódicos publicaron las gacetillas con dichas características.

“Máxime que la propaganda gubernamental pudo haber sido publicada y difundida por los medios de comunicación impresos, sin necesidad de que existiera la erogación inmediata o previa”, refiere la resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

La posible promoción personalizada, indica, no sólo se condiciona por la existencia de erogaciones, pagos, instrucciones o contrataciones, pues basta con que la información difundida tenga su origen en los órganos gubernamentales.

Por tal motivo la Sala Regional Especializada deberá reponer el procedimiento y ordenar a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) instrumentar la debida instrucción del procedimiento, a fin de emitir una nueva resolución.

Adicional a las distintas interpretaciones que subyacen al interior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, respecto del artículo 134 constitucional, referente a la prohibición de la promoción personalizada de gobernantes; el litigio confirma que la publicación de gacetillas es un mecanismo permanente para promover logros del gobierno mexiquense en medios impresos, sea cual sea el origen o motivación de las publicaciones.

La amonestación

La anterior controversia es un eslabón más del debate que se abre en torno a la promoción personalizada que estaría instrumentando el gobierno de Eruviel Ávila, aún cuando el artículo 134 constitucional determina que la propaganda gubernamental sea de carácter institucional y con fines informativos, educativos o de orientación social.

Y en ningún caso esta propaganda debe incluir nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen la promoción personalizada de funcionarios públicos.

A su vez el artículo sexto constitucional prohíbe la transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa.

Fue así que el 12 de agosto la Legislatura local determinó amonestar al Gobernador Ávila por no evitar que medios impresos publicaran gacetillas donde se promocionaron logros y obras de su gobierno.

La amonestación derivó de una resolución emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE) el 29 de julio, bajo el expediente UT/SCG/Q/CG/6/PEF/21/2015, donde determinó que el mandatario mexiquense y el Coordinador General de Comunicación Social del gobierno estatal, Raúl Vargas, no cumplieron con las medidas cautelares ordenadas por dicho Instituto para impedir que se continuaran publicando gacetillas en distintos periódicos, donde se estaría incurriendo en promoción personalizada del Gobernador Ávila.

“Lo que en un principio, y bajo la apariencia del buen Derecho, se estimó que podían constituir una transgresión a los artículos 6 y 134 de la Constitución Política Federal”, indica la citada resolución del INE.

El Instituto Nacional Electoral aclara que su resolución no tuvo como propósito dilucidar la ilegalidad o legalidad de tales gacetillas motivo de la denuncia, sino únicamente si el Gobernador y su vocero tomaron las medidas pertinentes para evitar la difusión de más inserciones de ese tipo, lo cual finalmente no hicieron y de ahí la vista que se dio al Congreso local, quien con su mayoría priista optó por sólo amonestar al mandatario mexiquense.

No obstante, la resolución del INE documenta el mecanismo que permite al Gobernador Eruviel Ávila aparecer constantemente en medios impresos, asociado a sus logros y obras gubernamentales, sea cual sea el origen de las publicaciones.

La queja

Las medidas cautelares ordenadas por el INE al Gobernador mexiquense y a su comunicador social, así como la citada amonestación del Congreso del Estado de México, parten de una queja presentada por el PRD el 19 de diciembre de 2014, donde este partido acusó la publicación de gacetillas que constituían el uso de recursos públicos para la promoción personalizada de Ávila.

Sin embargo, de acuerdo con la resolución del INE el mandatario y su comunicador no instrumentaron medidas efectivas para impedir que se continuarán publicando más gacetillas, como lo dictaban las medidas cautelares, y fue así que se difundieron 62 gacetillas más entre el 30 de diciembre de 2014 y el 13 de marzo de 2015.

Como se advierte, la difusión de tales gacetillas es previa a las 13 gacetillas que el PRD volvió a denunciar y que fueron publicadas entre el 5 y 17 de abril de 2015, como se indica en la primer parte de este texto.

Las 62 gacetillas, de acuerdo al expediente del INE, fueron publicadas en los periódicos “Milenio”, “El Universal”, “La Crónica”, “La Jornada” y “Excelsior”. En todas las inserciones existió una sistematicidad en su imagen, nombre y logros del gobierno del Ejecutivo mexiquense.

“Existe el común denominador respecto de la promoción de la imagen, nombre del mandatario local y algún tipo de logro o acción de gobierno, o bien, en el menor de los casos, posicionamientos por parte del mandatario respecto de asuntos de interés nacional”, indica la resolución del INE, quien también enuncia que la mitad de las gacetillas fueron publicadas en un recuadro y la mayoría carecen de autor.

Del total de las 62 gacetillas, que fueron publicadas después de que el PRD presentara su queja y posteriores a la orden de que el gobierno estatal evitara esas publicaciones, dos fueron en diciembre de 2014, 39 en febrero, y 21 en marzo.

Entre los títulos de dichas gacetillas están el de obras de gobierno como “Cambiarán asfalto en el Edomex”, “Edomex promueve apellido optativo”, “Impulsan en Edomex las reformas estructurales”, “Festeja Edomex al Ejército”, y “Lanzan Bacheo”.

El análisis

De inicio el INE resolvió que no se acreditó el pago de tales inserciones en los periódicos antes señalados, pues ni la administración estatal, ni los referidos medios impresos, ni el Sistema de Administración Tributaria (SAT) dijeron contar con facturas derivadas de la publicación de tales gacetillas.

Incluso los medios de comunicación aludidos insistieron que la publicación de tales gacetillas fue producto de su labor informativa en el ejercicio de la libertad de expresión, como se asienta en el citado expediente.

No obstante, el INE retomó el criterio del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, donde se indica que cuando un servidor público difunde logros, programas o proyectos de gobierno ante medios de comunicación, implícitamente incurre en la difusión de propaganda gubernamental, incluso cuando ésta sea difundida de manera noticiosa o con esa apariencia.

“Basta que se trate de un mensaje de cuyo contenido se advierta la finalidad de obtener adeptos o aprobación en la forma de gobierno y que el contenido de ese mensaje sea transmitido por un medio de comunicación, para considerarse que la propaganda gubernamental ha sido difundida”, indica la resolución.

De ahí que el Gobernador Ávila debió tener cuidado para respetar la prohibición relativa a transmitir publicidad personalizada o propaganda presentada como información periodística o noticiosa, a fin de que los ciudadanos puedan realizar una adecuada distinción entre información y publicidad, indica el INE.

El expediente elaborado por el Instituto Nacional Electoral argumenta que uno de los elementos que obligaban a evitar más publicaciones de ese tipo, era la “sistematicidad” con la cual se difundieron las gacetillas, por lo cual se podía informar a los propios medios de la orden que había dado el INE a fin de cumplir con las medidas cautelares.

“Una acción idónea, eficaz y atinente para conseguir el cese de la exposición del nombre e imagen del servidor denunciado, era la relativa a transmitir a los medios de comunicación que de manera cotidiana siguen las actividades del mandatario en cita, la obligación que le fue impuesta a éste en el Acuerdo de medidas cautelares tantas veces referido.

“A fin de exhortarlos para que en las publicaciones que dieran a conocer a la ciudadanía en el ejercicio de su quehacer informativo, verificasen que no se actualizara alguna de la prohibiciones contenidas en las disposiciones constitucionales multicidadas”, afirma el INE.

Esta medida, señala, no habría representado una transgresión a los derechos fundamentales de los medios de comunicación, ni mucho menos algún tipo de censura respecto de la información que difunden. Acciones que finalmente no instrumentó el gobierno mexiquense, pues la publicación de gacetillas continuó, de ahí la amonestación del Congreso local.

A la fecha la difusión de tales gacetillas continúa en periódicos como “La Jornada”, donde en agosto se han publicado gacetillas con los títulos de “Muestra en Ecatepec”, “Aumenta en Edomex cobertura en servicios de salud: Eruviel Ávila”, “Reconocen a Eruviel Ávila como líder global en alfabetización digital 2015” y “Taxis Uber y Cabify serán regulados en el Estado de México”.

El formato y diseño de estas publicaciones es similar al de las gacetillas denunciadas ante el INE, sin embargo, habría que recordar el argumento que ha manifestado el gobierno estatal respecto de publicaciones anteriores con estas características.

“De su contenido sólo se aprecia que los medios de comunicación dan cuenta de diversas actividades de gobierno, producto de la actividad propia de generar información a la opinión pública, lo cual fomenta la transparencia de las actividades estatales y se promueve la responsabilidad de los funcionarios sobre su gestión pública”, indica uno de los argumentos vertidos por el Gobernador Eruviel Ávila en el expediente del INE de número UT/SCG/Q/CG/6/PEF/21/2015.

 

La segunda amonestación

De manera inédita el Gobernador Eruviel Ávila ya acumula dos amonestaciones del Congreso local por cometer infracciones relacionadas con la prohibición de realizar promoción personalizada de obras y logros, como estipula el artículo 134 de la Constitución federal.

En junio de este año la Legislatura local, de mayoría priista, optó por la sanción mínima contra el mandatario mexiquense, después de que el Instituto Nacional Electoral (INE) confirmó que la campaña de difusión del tercer informe de gobierno, celebrado en septiembre de 2014, incluyó propaganda fuera de la entidad, lo cual significó promoción personalizada no autorizada.

El INE ha determinado que no cuenta con facultades para sancionar a Gobernadores, por lo cual turnó el expediente al Congreso local, para que éste emitiera la sanción conforme a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

La sanción derivó de una queja presentada por Morena el 29 de enero de 2015 ante el Consejo General del INE, quien confirmó que Ávila violó el artículo 134 constitucional, en relación con el 242, numeral 5, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en el marco de la difusión de su tercer informe de gobierno; campaña mediática que oficialmente debió realizarse del 17 al 29 de septiembre de 2014.

La disposición constitucional prohíbe que la propaganda gubernamental incluya nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público, mientras que el artículo de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales permite que las autoridades hagan difusión de sus informes de labores una vez al año, siempre y cuando sea en estaciones de radio y televisoras con cobertura regional, correspondiente al ámbito geográfico de responsabilidad del funcionario respectivo.

En contrario a lo que establece esta disposición, el INE comprobó que 69 estaciones de radio y cuatro televisoras transmitieron spots del tercer informe en 19 estados y el Distrito Federal.

Al igual de lo que ahora ocurrió con la publicación de gacetillas del gobierno mexiquense, la administración estatal y los medios de comunicación involucrados negaron que haya existido alguna contratación de espacios publicitarios, pues consideraron que las transmisiones fueron por errores en la programación o técnicos.

En el expediente SCG/PE/MORENA/CG/30/INE/46/2014 y su acumulado SCG/PE/MORENA/CG/32/INE/48/PEF/2/2014, se muestran esos misteriosos episodios que parecen no tener explicación terrenal. Basta recordar algunos de esos casos:

«Entre las 18:56:37 y 19:58:34 horas del 24 de septiembre de 2014, se registraba una falla en los sistemas computacionales que controlan la programación en la cabina de transmisiones, falla que originó la transmisión involuntaria de los referidos promocionales», indica la justificación que recibió el INE de Radio Fortín, concesionaria de la emisora identificada con las siglas XHKG-FM 107.5, de Veracruz.

A su vez Radio Dinámica del Sureste, ubicada como XHCTS-FM 95.7, de Chiapas, reportó al INE que su sistema de programación denominado «RADIX» tuvo una falla y Silvia Evangelina Godoy Cárdenas, concesionaria de la estación XEAL-AM, de Colima, admitió haber transmitido spots del informe mexiquense, pero por un error técnico al realizar el encadenamiento con Radio Fórmula, cadena nacional que transmite su señal desde el Distrito Federal.

Aunque la mayoría priista en el Congreso local consiguió aplicar la sanción mínima contra el mandatario mexiquense, no ha podido evitar que Ávila sea el Gobernador, que en la etapa contemporánea, ya acumula dos amonestaciones al confirmarse que ha violado disposiciones relacionadas con la Constitución federal.

Perspectiva

Para diputados locales de Oposición las violaciones constitucionales del Gobernador alertan sobre la necesidad de crear lineamientos más claros respecto a la emisión de propaganda gubernamental.

El legislador del PAN, Alfonso Bravo, aclaró que tampoco es posible colocar un bozal a los funcionarios públicos, pero el Instituto Nacional Electoral podría crear lineamientos en materia de propaganda.

A su vez el diputado del PRD, Octavio Martínez, consideró que la sanción para el mandatario mexiquense debió ser la revocación del cargo e inhabilitarlo como funcionario público.

“Por segunda ocasión sólo hay que amonestarlo para decirle que se porte bien y ya no utilice recursos públicos para promocionar su voz imagen y nombre”, cuestionó.

 

Banco de Datos: Gastos publicitarios (2011-2014)

Durante los últimos cuatro años, de 2011 a 2014, la administración mexiquense gastó 33 millones 445 mil pesos en el proyecto denominado “planeación de estrategias publicitarias”, que está enfocado al pago de inserciones en medios impresos y elaboración de productos editoriales.

El periodo corresponde al último tramo del gobierno de Enrique Peña, y el inicio de la administración de Eruviel Ávila en septiembre de 2011.

De acuerdo a lo reportado en la Cuenta Pública de 2014, que actualmente se encuentra en revisión por parte del Órgano Superior de Fiscalización, las inserciones son a medios escritos nacionales y locales, pero en ningún momento se refiere la contratación de gacetillas.

3 mil 468 órdenes de inserción por los siguientes conceptos: convocatorias, edictos, esquelas así como apoyo a diversas campañas y programas”, indica.

El documento también refiere que en ese proyecto se realizaron 34 campañas gubernamentales entre cuyos temas están los de “Tenencia 2014”, “Predial 2014”, “Oriente”, “Contra la Extorsión”, “Presea Estado de México 2013”, “Sat Repecos”, “Logrando en Grande”, “Tenencia 2014 F1 Prorroga”, “Migrante Mexiquense”, “Plan Estratégico de Seguridad”, “Canje de Armas 2014”, ““Plan Estratégico de Seguridad”, y “Útiles Escolares”, entre otros.

El proyecto de “planeación de estrategias publicitarias” se ubica dentro del programa de Comunicación Pública y Fortalecimiento Informativo, que oficialmente concentra el gasto de comunicación social del gobierno estatal, y que de 2012 a 2014 ha representado una erogación total de 587 millones 167 mil pesos.

Gastos del programa de Comunicación Pública y Fortalecimiento Informativo
Oficialmente este programa concentra los gastos de comunicación social del gobierno mexiquense.
(cifras en millones de pesos)

Proyectos 2011 2012 2013 2014 Totales Variación 2011-2014
Información y servicios a medios 14,866.30 12,897.80 12,528.20 13,661.30 53,953.60 -1,205 -8.10%
Seguimiento y evaluación de la información 15,646.40 16,450.50 18,784.60 19,412.80 70,294.30 3,766.40 24%
Difusión y comunicación Institucional 140,159.8 160,932.70 150,067.70 157,260.50 608,420.70 17,100.70 12.20%
Planeación de estrategias publicitarias 8,274.50 8,667.60 7,836.90 8,666.60 33,445.60 392.10 4.70%
Totales 178,947 198,948.60 189,217.40 199,001.20 766,114 20,054.20 11.20%
Gasto 2012-2014: 587,167.20
Fuente: Con base en las Cuentas Públicas del gobierno del Estado de México de 2011 a 2014.

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