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Los tanteos éticos de Enrique Peña

Mientras en países como Finlandia, Suecia y el país Vasco la corrupción se enfrenta con la construcción de modelos éticos sustentados en la educación, transparencia, equidad social, austeridad de gobernantes, y códigos donde se privilegia la calidad gubernamental con el fin de garantizar la confianza ciudadana; en México el Presidente Enrique Peña opta por medidas que sólo tocan la punta del iceberg del  enorme glaciar en que se ha convertido la corrupción mexicana.

 

El 3 de febrero, el Presidente Enrique Peña quiso salir al paso de las dudas fundadas sobre los conflictos interés donde han sido involucrados él, su esposa, y el Secretario de Hacienda; entre las medidas anunciadas destaca la creación de la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés, que a su vez coordinará a comités de ética de las distintas dependencias federales.

Sin embargo, la estrategia peñista, al margen de responder mediáticamente a los impactos que han taladrado su imagen pública, exhibe que su política para prevenir la corrupción está construida al revés y es limitada, pues en otros países los modelos de ética son configurados a partir de factores como la educación de las nuevas generaciones, medios de comunicación independientes, transparencia financiera, y equilibrio en salarios.

Adicional a ello se desconocen los verdaderos alcances de la Unidad Especializada en Ética, pues a la fecha la administración pública federal sólo cuenta con un Código de Ética emitido en el gobierno del Presidente Vicente Fox, el cual únicamente enuncia distintos principios, pero sin ninguna vinculación sancionatoria o de seguimiento.

Tal situación fue reconocida veladamente por Peña al hacer el anuncio de sus medidas para prevenir la corrupción.

“Se emitirán reglas de integridad para el ejercicio de la función pública federal, que amplíen y profundicen los actuales códigos de ética y sean acordes con los nuevos retos que enfrentamos en el combate a la corrupción. Se requiere transitar de una mera declaración de principios a un nuevo protocolo formal que norme el comportamiento de los servidores públicos, especialmente de aquellos responsables de las contrataciones públicas”, expresó.

No obstante, para especialistas en materia de ética y combate a la corrupción la claves es iniciar desde las bases, generando políticas educativas que garanticen la construcción de una ética pública.

El Contralor del Poder Legislativo en el Estado de México, Victorino Barrios, aclaró que el trabajo debe iniciar desde la educación básica, con el fin incorporar materias sobre valores y principios éticos, pues de lo contrario las acciones en esa materia no permearán en los funcionarios públicos.

«No es arriba dónde vas a obligarlos a meterse en la cabeza, a estas alturas, a la ética y a la responsabilidad; hay funcionarios públicos que difícilmente van a querer aprender en estos momentos lo que es la ética, aquí viene a colocación el refrán de chango viejo no aprende maromas», ironizó.

Apuntó que la corrupción no sólo depende del funcionario público, por lo cual también se requiere involucrar a la ciudadanía, pero bajo un Código de Ética que sea de cumplimiento obligado.

El también Doctor en Ciencias Político-Jurídicas aseveró que otro factor fundamental es la voluntad política para aplicar códigos o lineamientos éticos, pues de lo contrario todo quedará en el discurso.

«En los países del este de Europa la corrupción fue bajando porque fue un esfuerzo de todos, se notaba la voluntad política, para que haya voluntad tienen que ponerse de acuerdo todas las fuerzas políticas, y de entrada también hay que educarlas para que tengan voluntad política, todo poder necesita ser educado», aseveró.

Por separado, el profesor-investigador del Centro de Investigación en Ciencias Sociales y Humanidades (CICSyH) de la Universidad Autónoma del Estado de México, Oscar Diego Bautista, consideró que al anuncio del gobierno federal fue general y vago, sin embargo, coincidió en que no sólo se debe trabajar con la ética a nivel del servicio público, sino también en el ámbito ciudadano.

«El ciudadano también necesita presionar, exigirle a los servidores públicos cuáles son su valores, es decir preguntar por qué luego no me das un servicio, por qué me tratas con despotismo. Ahí tendríamos las dos partes para impulsar una cultura ética», señaló.

En México, enfatizó, se tiene una historia de 500 años de corrupción, por lo cual la instrumentación de una ética pública garantizaría ir a la raíz del problema, pero combinado con la voluntad política de los gobernantes.

Consideró que un sistema ético integral se constituiría a su vez como un sistema anti corrupción, que debería estar conformado por oficinas de ética, agentes éticos, que serían los funcionarios responsables de propagar estos lineamientos; códigos y normas legales.

A nivel internacional existen distintos ejemplos sobre oficinas u organismos que previenen y actúan contra la corrupción, de los cuales México podría aprender.

El investigador universitario señaló que en Europa existe la Oficina de Lucha contra el Fraude, la cual es autónoma y no está subordinada al gobierno de ningún país, por lo cual tiene la libertad de sancionar.

En el País Vasco, refirió, el Código de Ética vigente mandata a que los funcionarios públicos firmen una carta de adhesión y de incumplir las disposiciones de estos lineamientos, el infractor puede ser destituido del cargo.

Apuntó que en Estados Unidos también existe la Oficina Ética de Gobierno y en los 27 países de la Unión Europea se cuenta con unidades especializadas de ética pública, cuya función es fortalecer valores entre los servidores públicos.

«Estas unidades de ética están estrechamente vinculadas con las Universidades públicas, por ejemplo, para contratar a los servidores públicos los que hacen las evaluaciones son los profesores universitarios», indicó.

Tales características podrían ser aplicadas en México con el fin de garantizar oficinas y normas adecuadas en materia de ética y de prevención de la corrupción.

Oscar Diego Bautista recordó que según estudios del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el nivel de impunidad en nuestro país es del 99 por ciento, lo cual provoca que al no existir sanciones se genere un alto grado de incumplimientos legales.

«Se necesita autoridad y en México se tienen normas y no operan», expresó, al comentar que los corruptos mexicanos incluso incurren en simulaciones, pues lo primero que hacen cuando ocupan un cargo público es anunciar que son muy transparentes o que tienen oficinas para transparentar su gestión.

De ahí la importancia de que una oficina o instancia enfocada a la ética tenga facultades para sancionar, e incluso en el ámbito penal, acotó.

Medidas limitadas

El Centro de Análisis e Investigación, Fundar, también planteó dudas sobre la estrategia del gobierno federal para prevenir la corrupción y los conflictos de interés, pues al igual que los especialistas consultados por Métrica, este centro de estudios considera preocupante que en el enfoque preventivo no se considere la participación ciudadana en la detección y combate a dicho flagelo de la sociedad.

Del posicionamiento público de Fundar se desprende que la participación ciudadana y la transparencia son factores que abonan a revertir la corrupción.

Y es que dicho centro de análisis recuerda que bastaría con tener acceso a las versiones públicas de las declaraciones patrimoniales de los funcionarios públicos, para tener un instrumento de revisión ciudadana.

«Es pertinente mencionar que si hubiera acceso, mediante la elaboración de versiones públicas, a las declaraciones patrimoniales, podrían conocerse los intereses particulares susceptibles de afectar el desempeño de los servidores públicos y complementar así la función contralora de la Secretaría de la Función Pública (SFP)», indicó.

Las medidas anunciadas por el Presidente Enrique Peña derivan de las revelaciones sobre las transacciones inmobiliarias que hicieron su esposa, Angélica Rivera, y el Secretario de Hacienda, Luis Videgaray, con la empresa Higa, de Juan Armando Hinojosa, contratista frecuente del gobierno del Estado de México cuando Peña era Gobernador, y ahora en la administración federal.

Adicionalmente también se cuestionó por la prensa extranjera que en 2005 Peña hubiera adquirido una residencia en Ixtapán de la Sal, vendida por la familia San Román, cuyas empresas han sido favorecidas con contratos en el actual gobierno federal.

En el revire, Peña anunció que los funcionarios públicos federales deben declarar posibles conflictos de interés, se creará la citada Unidad Especializada en Ética, responsable de identificar conflictos de interés; se ampliarán los códigos de ética existentes, se establecerán protocolos para las contrataciones, operará la ventanilla única nacional para los trámites y servicios de gobierno, y en la lista de proveedores sancionados se añadirá la causa de la infracción.

En una última acción, el plan peñista prevé la «participación activa de los ciudadanos», pero sin detallar cómo ocurrirá, y solo indica que se signarán convenios con cámaras empresariales y organizaciones de la sociedad civil.

En su posicionamiento Fundar considera que estas medidas son limitadas e insuficientes, tanto para atender los problemas de corrupción en el país, como para propiciar resultados contundentes en las investigaciones sobre los conflictos de interés del Presidente de la República.

Entre las carencias Fundar detecta la necesidad de impulsar reforma estructurales en materia de transparencia y rendición de cuentas.

«Mediante la aprobación del marco normativo del sistema nacional anticorrupción y una Ley General de Transparencia que le dé sustancia a la reforma constitucional del 2014.

«Los plazos para aprobar la Ley General de Transparencia no se han cumplido y la etapa final del proceso legislativo se realiza a puerta cerrada con cambios regresivos», refirió.

El centro de análisis recordó que la regulación actual no establece sanciones para los posibles conflictos de interés, y el nuevo titular de la Secretaría de la Función Pública encabeza una dependencia que iba a desparecer.

«La reforma del 3 de enero de 2013 a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) eliminó el artículo 37 en el que constaba el fundamento legal de las atribuciones de dicha dependencia, condicionando su existencia a la creación de un órgano constitucional autónomo de combate a la corrupción.

«¿Debemos entender que al nombrar un secretario en la Función Pública se presume la intención de revertir la reforma a la LOAPF? ¿Con este nombramiento se define que ya no se creará un órgano autónomo de combate a la corrupción?«, cuestionó Fundar.

 

Finlandia: Ética histórica

En Finlandia, país escandinavo de 5.2 millones de habitantes, la reducción histórica de la corrupción no ocurrió por alguna reforma legal.

Para el Ministerio de Asuntos Exteriores de Finlandia el orden social es el principal elemento que ha evitado que la corrupción crezca en este país.

En el documento «Combate contra la corrupción, la experiencia finlandesa» dicho Ministerio identifica cuatro fortalezas de las cuales deriva el orden social.

Entre dichas fortalezas está una base de valores que incluyen la moderación, el autocontrol y el bien común, que a su vez implica una sociedad civil activa e interesada que presiona a fin de generar una gobernabilidad responsable.

«Los medios de comunicación independientes han demostrado que son indispensables para que la sociedad civil ejerza presión, la cual se ve fortalecida por la cantidad excepcionalmente alta de lectores de periódicos en Finlandia», indica el documento.

La segunda fortaleza radica en que las estructuras legislativas, judiciales y administrativas ejercen una estricta vigilancia que protege contra el abuso de poder. En este contexto es muy probable detectar abusos con el respaldo que ofrece el acceso público a los documentos oficiales y la libertad de prensa.

Un tercer elemento es la prominencia de la mujer en la toma de decisiones políticas. Destaca que en 1906 Finlandia se convirtió en el primer país del mundo en conceder a la mujer el derecho a votar y participar en elecciones.

La cuarta fortaleza es la baja disparidad de ingresos, combinado con salarios adecuados, pues se considera que el equilibrio entre los sueldos constituye un freno a la codicia económica en el desarrollo profesional.

«La brecha relativamente estrecha en la distribución de ingresos se puede atribuir en gran medida a la base de valores finlandesa antes mencionada, que desaprueba profundamente la distribución desigual de la riqueza», indica.

En una rápida revisión de la historia de Finlandia resalta que en 1809 Suecia cedió este país a Rusia, la cual le concedió autonomía como un ducado. En aquella época la mayoría de su población era analfabeta, sin embargo, los suecos les habían heredado una administración pública caracterizada por una estricta disciplina burocrática.

A mediados del siglo XIX intelectuales y líderes ideológicos generaron un sistema de educación primaria, lo cual fue acompañado de una conciencia nacional, que garantizó la instalación de escuelas en todas las zonas rurales de Finlandia.

Para 1917, cuando Finlandia se independiza, existían alrededor de 3 mil escuelas de educación primaria y un 70 por ciento de la población había aprendido a leer y escribir.

«Al sistema integral de educación primaria se atribuye en gran medida que la responsabilidad ciudadana, la igualdad y la promoción del bien común se fueran convirtiendo gradualmente en características naturales del sistema finlandés de valores», refiere el citado documento.

 

Finlandia en cifras:

Extensión territorial: 338 mil kilómetros cuadrados.

Densidad poblacional: 16 personas por kilómetro cuadrado.

Esperanza de vida: 73.7 años para hombres y 81 años para mujeres.

Mujeres que trabajan fuera de casa y participan políticamente: 85%.

La educación básica obligatoria es entre los 7 y 16 años de edad.

 

País Vasco: Ética aplicada

En el País Vasco la ética pública no es un conjunto de buenos deseos, sino un compromiso que por escrito firman los funcionaros públicos, quienes en caso de incumplirlo se arriesgan a ser cesados del cargo.

El Código de Ética y Conducta de los cargos públicos y personal eventual de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma de Euskadi, aprobado el 28 de mayo de 2013, incluye un sistema que garantiza su cumplimiento y recomienda que los servidores públicos aporten un plus adicional a lo que ya establecen las leyes.

El objetivo es que la eficiencia y calidad en la administración pública redunden en mayor confianza ciudadana hacia las instituciones.

De ahí que el citado Código incluya una carta de adhesión para los funcionarios públicos, quienes de no firmarla estarían en el supuesto de no acatar los lineamientos éticos y por tanto serían retirados del cargo.

«La adhesión individual al Código implica la asunción del deber y obligación plena del cargo público y asimilado de mantener, en todo caso, unas conductas y comportamientos tanto en su vida pública como privada acordes con el contenido expreso, la intención y el espíritu de los valores, principios y conductas establecidos en el mismo.

«Asimismo, la adhesión individual conlleva asumir la obligación de presentar la dimisión en el cargo si se incurre en un supuesto en el que se prevé tal medida en caso de incumplimiento de alguna o algunas de las conductas establecidas en el presente Código», indica esta normatividad.

Dicha carta de adhesión también refiere la obligación para el firmante de cumplir los principios éticos, así como de difundirlos y aplicarlos.

La aplicación del Código se garantiza mediante una Comisión Ética, que está integrada por funcionarios del País Vasco y ciudadanos con experiencia y competencia en la materia.

Por incumplimientos a la norma ética, esta comisión tiene la facultad de recomendar el cese inmediato del funcionario infractor, trasladar el caso al órgano competente para la sanción disciplinaria, o enviarlo al ministerio fiscal en caso de constituirse algún delito.

En el Código de Ética se indican valores y principios, que a su vez derivan en conductas específicas que deben seguir los funcionarios públicos, lo cual facilita el cumplimiento de esta norma.

Destaca el rubro de las conductas y comportamientos relativos a la honestidad, al desinterés subjetivo, y «a la evi­tación de conflictos de intereses de los cargos públicos y asimilados con actividades privadas o públicas durante el desempeño de su cargo».

El artículo 11.2 del Código refiere que existe un conflicto de intereses cuando los cargos (funcionarios) públicos y asimilados intervienen en las decisiones relacionadas con asuntos en los que confluyen a la vez intereses de su puesto público e intereses privados propios, de familiares directos, o intereses compartidos con terceras personas.

«Deberán hacer pública e informar al respecto cuando en cualquier decisión o actuación se pueda producir una colisión de sus propios intereses con el interés público, así como se abs­tendrán en todos aquellos actos en los que tenga interés personal directo o indirecto o pueda derivarse que tal confrontación de intereses pudiera existir.

«Se abstendrán, asimismo, de llevar a cabo cualquier tipo de negocios o actividades que, directa o indirectamente, puedan colisionar con intereses públicos o cuestionar la objetividad en el proceso de toma de decisiones o en el funcionamiento de la Administración Pública», refiere el Código.

Otra conducta ética, que deriva en un mayor operatividad, es que todas las decisiones, resoluciones y actos deben estar fundamentados en información feha­ciente, mediante informes, estudios, proyectos o dictámenes, y procurarán basarse, asimismo, en análisis objetivos de los datos que estén a su disposición en relación con el tema a dirimir.

Para ello quienes tomen las decisiones se aconsejarán técnicamente por medio de los recursos propios y, en su caso, externos, que les ayu­den a objetivar y resolver adecuadamente los problemas.

 

Conductas éticas

El Código Ético y de Conducta del País Vasco establece distintas conductas éticas, estas son algunas:

– Evitarán cualquier práctica o actuación que esté afectada o que pueda levantar cualquier sospecha de favoritismo a determinadas personas o entidades públicas o privadas.

– No utilizarán, en ningún caso, su posición institucional o las prerrogativas derivadas de su cargo con la finalidad de obtener, directa o indirectamente, ventajas para sí mismo o procurar ventajas o desventajas para cualquier persona o entidad, siempre que tales medidas no estén amparadas en el marco normativo vigente.

– Deberán ejercer las funciones propias del cargo con implicación sobresaliente y un esfuerzo permanente encaminado a una mejora continua del departamento o unidad que lidera.

– Sus actuaciones tendrán como meta obtener la eficiencia en el uso de los recursos, tanto de naturaleza personal como de los tecnológicos o en los procesos de gestión.

– Compartir, asimismo, ideas, proyectos e información con el resto de sus colaboradores, colegas o empleados públicos, desarrollando sus funciones en un clima de lealtad recíproca y desarrollo del trabajo en un marco de confianza.

– Que las personas que cubren puestos de responsabilidad directiva en el departamento, uni­dad o entidad deban trabajar leal y profesionalmente en el desarrollo efectivo del proyecto del Gobierno y en el cumplimiento de su Programa o Plan de mandato, al margen de cuál sea, en cada caso, la adscripción ideológica que pudieran tener.

– Deberán, igualmente, imprimir a la organización y a las personas que allí trabajan entusiasmo por el proyecto que defienden, así como transmitir y exigir a su equipo y colaboradores implica­ción, entrega y lealtad.

–  Los cargos públicos y asimilados no admitirán de personas o entidades públicas o privadas ningún tipo de donaciones o regalos de cualquier clase, más allá de los relativos a los usos habi­tuales o a la cortesía que le puedan ser entregados por razón de su cargo, con el fin de evitar posteriores interferencias en sus decisiones públicas y salvaguardar así la imagen imparcial e íntegra de la institución.

– En materia de viajes, tan solo aceptará por parte de terceros el pago de los billetes de des­plazamiento, hotel y manutención.

– Deberán, asimismo, adoptar todas las medidas que razonablemente sean necesarias para garantizar que su círculo familiar inmediato no recibe ningún regalo o beneficios de cualquier persona o entidad que puedan levantar la más mínima sospecha de trato favorable para terceros y manchar así la imagen de imparcialidad y la confianza de los ciudadanos en sus instituciones.

– Los cargos públicos y asimilados no podrán, bajo ningún concepto, falsear o mentir en torno a los datos propios de su curriculum profesional, de sus titulaciones y de su experiencia, por respeto debido a la institución que representan y a la propia ciudadanía. Cualquier falseamiento o mentira sobre tales extremos conllevará la inmediata renuncia del cargo público o, en su caso, el cese en el ejercicio de sus funciones.

– Mostrarán especial deferencia y respeto en el trato con la oposición política tanto en el seno de las instituciones como fuera de ellas, discrepando abierta y contundentemente en el debate público cuando ello sea necesario, pero manteniendo unas formas exquisitas y huyendo siempre y, en todo caso, del insulto o la descalificación personal o política.

– Evitarán radicalmente cualquier medida o acción que pueda ser encuadrada en una conducta de hostigamiento o acoso al personal empleado a su servicio o que trabajen en la propia institu­ción, así como no incurrirán en cualquier otra conducta que, explícita o implícitamente, supongan trato discriminatorio.

– Desarrollarán el cumplimiento efectivo del principio de publicidad activa con el fin de garanti­zar la transparencia en sus respectivos departamentos o entidades, procurando, en la medida de lo necesario, no solo cumplir las obligaciones legales sino aportar un plus de transparencia a sus acciones y a las políticas o actividades de gestión de sus departamentos o entidades.

– Los cargos públicos y asimilados tienen la obligación de generar confianza en la ciudadanía a través de la transparencia y de adoptar decisiones de forma razonada, consciente y objetivada.

 

México: Ética simulada

A diferencia de otros modelos internacionales, en México los códigos de ética de la administración pública se limitan a ser enunciativos de buenas conductas, pero sin mecanismos para asegurar su cumplimiento.

En 2005, durante la administración del Presidente Vicente Fox, fue emitido un código de ética, que relata principios como el bien común, el entorno cultural, la integridad, imparcialidad, justicia, transparencia, rendición de cuentas, honradez, generosidad, igualdad, respeto y generosidad.

«Entiendo que el servicio público es patrimonio de todos los mexicanos y de todas las mexicanas y por tanto procuraré el bien común por encima de los intereses particulares», reza uno de los buenos deseos de este documento.

Otro ejemplo es el Código de Ética de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, publicado en junio de 2013, el cual en lugar de establecer sanciones a quien lo incumpla, establece premios a quienes destaquen en su cumplimiento.

«La conducta de los servidores públicos, que de manera sobresaliente se ajuste a los principios y normas éticas establecidas en el presente Código será referencia valorativa para considerarlos por el superior jerárquico y el Consejo de Ética para el otorgamiento de estímulos y recompensas», indica.

Dicho Consejo de Ética es un órgano muy débil, ya que no es autónomo, sus opiniones no son vinculatorias, y está integrado por el propio Procurador, Subprocuradores, y directivos de la dependencia.

En el rosario de principios éticos, incluidos en este documento, destaca que para los agentes de la policía ministerial se recomiendan conductas que públicamente han sido violadas.

«Abstenerme, en todo momento, de realizar o tolerar actos de tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes», indica el Código en el aspecto de derechos humanos.

Basta recordar que la Comisión Nacional de Derechos Humanos comprobó que elementos ministeriales de la Procuraduría mexiquense torturaron física, emocional y sexualmente a las tres sobrevivientes del enfrentamiento entre presuntos delincuentes y el Ejército, ocurrido en el municipio de Tlatlaya el 30 junio de 2014.

Incluso las mujeres torturadas acusan que fueron obligadas a mentir en sus propias declaraciones, pues el personal ministerial trató de falsear los hechos, con el fin de encubrir el asesinato de civiles perpetrado por los elementos castrenses.

«Hacer uso de la fuerza únicamente en la medida que se requiera, cuando estén en riesgo los derechos y garantías de personas e instituciones, la paz pública y la seguridad ciudadana, y lo haré mediante un criterio basado en la legalidad, racionalidad, congruencia, oportunidad y proporcionalidad«, refiere otra sugerencia ética de la Procuraduría respecto al uso de la fuerza.

En materia de atención al público, el citado Código recomienda a los funcionarios ministeriales mostrar una actitud de respeto y trato digno, además de actuar con cortesía, cordialidad y tolerancia.

«Conducirme con una actitud humanitaria y solidaria en la atención al público», puntualiza el Código elaborado durante la gestión del ex Procurador Miguel Ángel Contreras, y que sustituyó al antiguo Código de Conducta para los Servidores Públicos de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México publicado el 11 de enero de 2002.

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