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Resistencia ante el quebranto de derechos humanos: El Clavel Negro en la dictadura de Pinochet

El 11 de septiembre de 1973 el Palacio de la Moneda fue blanco de un intenso bombardeo que terminó con la muerte del Presidente chileno, Salvador Allende. Iniciaba la dictadura del general golpista, Augusto Pinochet, quien gobernó Chile hasta 1990.

 

Allende comenzó su gobierno el 4 de noviembre de 1970 postulado por una coalición de partidos de izquierda denominada Unidad Popular (UP).

Su objetivo era caminar hacia el socialismo desde una vía democrática como lo describe Corvalán (2003):

«El triunfo popular de 1970 fue resultado de una larga y sostenida batalla de la clase obrera y del pueblo de Chile por desplazar del poder a la oligarquía y tomar en sus manos la dirección del país, objetivo que fue posible alcanzar gracias al esfuerzo desplegado por el sector más esclarecido de la izquierda en favor de la unidad de la clase obrera». (p.12)

Corvalán también advierte que el sistema legal, que le heredaron al gobierno de Allende, le permitió instrumentar una serie de medidas planteadas por la Unidad Popular, esto en virtud de las amplias facultades del Ejecutivo sobre el Legislativo, sin embargo, el gobierno socialista también buscó reformar dicho sistema para fortalecer los derechos individuales en materias como salud y vivienda, además de crear un sistema nacional de atención jurídica para garantizar la efectividad de los distintos derechos del ciudadano.

El bombardeo al Palacio de la Moneda sepultó todo.

Días antes del golpe castrense aterriza en Santiago de Chile el nuevo embajador de Suecia, Harald Edelstam, quien desde las primeras horas de la sublevación militar adquiere un papel protagónico al tratar de garantizar los derechos humanos de los ciudadanos, no sólo de suecos o extranjeros, sino de los propios chilenos opositores al nuevo régimen.

Es conocido como El Clavel Negro, en referencia al héroe ficticio de la novela La Pimpinela Escarlata, quien salvo a decenas de ciudadanos durante el reinado del terror, tras la revolución francesa.

Edelstam conoce del terror nazista. En Chile continuará la ruta para salvar vidas en medio del absurdo autoritario. Otras latitudes del mundo han conocido su singular tarea. Es un embajador de paz y derechos humanos.

La película El Clavel Negro (2007) retrata esa lucha contra el tiempo, una batalla pérdida desde los primeros disparos. Edelstam enfrenta las balas con sus credenciales de embajador sueco. Evita el asalto a la embajada de Cuba, rescata a una de sus connacionales y a ciudadanos uruguayos, asila a chilenos, trata de salvar a brasileños. La sangre le salpica, las balas le silban, pero apoya la resistencia quebrada ante el embate de la dictadura militar.

Es evidente que la irrupción de un régimen golpista anuncia el resquebrajamiento del Estado de Derecho, conceptualizado como el “principio de gobernanza en el que todas las personas, instituciones y entidades, públicas y privadas, incluido el propio Estado, están sometidas a leyes que se promulgan públicamente, se hacen cumplir por igual y se aplican con independencia”. (ONU, 2017).

Con la desaparición de ese Estado de Derecho resulta imposible salvaguardar los derechos humanos o garantías individuales, que Gil (2005) invoca como el respeto a la dignidad del hombre y su derecho inviolable a la vida.

Edelstam no sólo ondea la bandera de Suecia, potencia europea que genera prudencia en los militares golpistas, también enarbola la solitaria defensa de esos derechos humanos. Garantías que ya no existen para las víctimas de ese río de sangre que no cesa desde el bombardeo al Palacio de la Moneda.

Como lo indica Huneeus (2016), el caso chileno fue distinto a los regímenes autoritarios de aquella época, pues el sostenimiento de la Junta Militar estuvo marcado por la violencia instrumentada desde los servicios de seguridad pública y de la milicia, con lo cual la muerte, torturas y exilio fueron el sello de este Estado policial, restando margen de libertad a la sociedad de este país.

De un sistema jurídico de derechos para el ciudadano se pasó a un régimen de nulas garantías individuales, es la dictadura que detenta su poder en el sometimiento absoluto y violento de la dignidad humana. El terror.

Edelstam advierte a sus colaboradores que están viviendo una página negra de la historia. No les queda más que actuar.

Busca información sobre ciudadanos suecos detenidos por la tempestad de la milicia. La respuesta de los oficiales chilenos ilustra la negación del derecho a la información (fundamental en el Estado de Derecho): no hay datos disponibles de quiénes están detenidos, ni cuántos han sido cazados en las redadas de la muerte.

El gobierno de Pinochet, indica Gil (2005), optó por “una combinación de represión física con negación de un proceso jurídico hacia las víctimas de abusos, quienes se quedaron sin ningún remedio de ayuda. Las violaciones sistemáticas a los derechos humanos eran realizadas por el sistema de justicia militar”. (p. 62)

En estas condiciones el derrumbe de la democracia chilena y el surgimiento de la dictadura pinochetista caracteriza al Terrorismo de Estado, que de acuerdo con Ruiz (2014) se presenta cuando el Estado deja de ser garante del bien común y por el contrario opta por mantener sumisas y controladas a las opciones políticas divergentes, todo en un ambiente de temor orquestado por el mismo gobierno.

«Las medidas propias del terrorismo de Estado suponen una regla de reconocimiento que contradice el núcleo mismo, no sólo de toda posible justificación del Estado, sino también de toda explicación de su génesis. Se reestablecen las condiciones de la situación preestatal con una intensidad aún mayor que la concebida por Hobbes: mientras que en el Estado de naturaleza hobbesiano los hombres-lobo tenían una igualdad de fuerzas aproximada, en el caso del terrorismo de Estado, el gobierno mismo es un lobo aullante». (Ruiz, 2014, p. 211)

Ante tal circunstancia el único asidero posible es el Derecho Internacional, que en el caso chileno funcionó ante la precariedad jurídica a la que fueron condenados los ciudadanos contrarios al régimen dictatorial de Pinochet.

«Derecho internacional (convenciones, tratados, normas…) fundamental tanto para la promoción del desarrollo económico y social, como para la paz y seguridad internacionales. Muchos de los tratados creados por las Naciones Unidas forman la base del derecho que rige las relaciones interestatales. Aunque el trabajo de la ONU en este campo no siempre recibe mucha atención, tiene una repercusión diaria en la vida de todos los habitantes del mundo». (ONU, 2017).

El Derecho Internacional también está sustentado en documentos como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ONU,1966), que coloca a la libertad, justicia y paz como resultado del reconocimiento de la dignidad inherente a todos los miembros de la familia humana y de sus derechos iguales e inalienables.

Postulados que obviamente son contrarios a lo que ocurría en Chile tras la muerte de Allende y la democracia chilena, pues el gobierno de la Junta Militar adoptó la Doctrina de Seguridad Nacional (DSN), que si bien era una estrategia contra insurgente dirigida a los movimientos de izquierda y con el objetivo de mantener el control político, también dio al traste con el respeto a los derechos humanos de los ciudadanos chilenos.

«La DSN emerge de una concepción maniquea de la política y de una hiper-reacción frente a la realidad de las justas guerras revolucionarias de liberación nacional y los naturales procesos de cambio social. El interés norteamericano en el tema, que emana de su preocupación frente a la subversión armada en América Latina y el sudeste asiático, no es el único ni el primero en determinar un violento cambio respecto del papel político de las fuerzas armadas». (Tapia, 1980, p.140)

Así, el escenario político de Chile presenta una caracterización hacia el Terrorismo de Estado, provocado por la influencia norteamericana de cerrar el paso a movimientos insurgentes de izquierda, pero que en los hechos representó el resurgimiento de regímenes militares con exacerbada tendencia hacia la violencia.

Del otro lado, un derruido Estado de Derecho nada podía hacer ante la violación sistemática a las garantías individuales de los ciudadanos chilenos, quienes en la figura del embajador sueco sólo tuvieron como tabla de salvación la invocación del Derecho Internacional, el cual no logró evitar la represión generalizada, pero sí fue un instrumento para denunciar a nivel internacional lo ocurrido en el país sudamericano.

“Yo pisaré las calles nuevamente de lo que fue Santiago ensangrentada y en una hermosa plaza liberada me detendré a llorar por los ausentes”, evocará después Pablo Milanés. Canto que será parte del eco condenatorio a los hechos orquestados por los militares de Pinochet.

Condena que al paso de los años, y con el posterior regreso de la democracia a Chile, será la confirmación de que nunca más, ningún gobierno, debe suprimir los derechos humanos en aras de mantener el control político de una nación. Recomendación que aún sigue vigente en distintas latitudes del mundo.

Como lo advierte Ruiz (2014), el reconocimiento de la dignidad de cada persona es clave dentro de un esquema de mínima justicia, proceso en el cual los derechos humanos revelan que principalmente existen para ser respetados. De ahí la frase de Edelstam cuando en la citada película afirma: “es nuestro deber mostrar la cara real de esta venenosa dictadura militar”. Tal aseveración no es otra cosa que la persistente denuncia para hacer efectivos los derechos humanos que han sido suprimidos.

Como diplomático, el embajador sueco trascendió en su función por precisamente partir de esa máxima: los derechos humanos sólo existen para ser respetados, si no son respetados, no existen, pues en ausencia de estos derechos está en peligro la vida misma de toda persona.

En su labor humanitaria Edelstam terminará retando a la muerte, pero como dijera la poesía y canto de Silvio Rodríguez, también enseñó a levantarse contra la fría condena de la dictadura militar:

“Allí aprendí a quitar con piel el frío y a echar luego mi cuerpo a la llovizna, en manos de la niebla dura y blanca, en calles del enigma.  Eso no está muerto, no me lo mataron ni con la distancia ni con el vil soldado…”

 

Referencias:
Corvalán, L. (2003). El gobierno de Salvador Allende. Chile: LOM Ediciones.
Gil, S. (2005). Violación a los derechos humanos y sus repercusiones en Chile a partir de 1973 a 2004. México: Universidad de las Américas.
Hultberg, U. y Faringer, A. (directores). (2007). El Clavel Negro (cinta cinematográfica). Suecia: Nordisk Film AB.
Huneeus, C. (2016). El régimen de Pinochet. Chile: Taurus.
ONU. (2017). Derecho Internacional y Justicia. 18 de agosto de 2017, de ONU Sitio web: http://www.un.org/es/sections/issues-depth/international-law-and-justice/index.html
ONU. (1966). Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. 18 agosto 2017, de ONU Sitio web: https://treaties.un.org/doc/Publication/UNTS/Volume%20993/volume-993-I-14531-Other.pdf#page=24
Ruiz, V. (2014). Democracia y Derechos Humanos en México, situación actual. México: Comisión de Derechos Humanos del Estado de México.
Tapia, J. (1980). El Terrorismo de Estado. México: Nueva Imagen.
Foto tomada de Lunes de Película.

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