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Sociedad

En Edomex “casas amigas”, “acarreo de votantes” y  “compra de votos” serán detectados: FEPADE

“De igual forma, se sancionará a quien amenace con suspender los beneficios de programas sociales, ya sea por no participar en eventos proselitistas, o bien, para la emisión del sufragio en favor de un candidato, partido político o coalición…»: Artículo 7 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

La compra de votos es sancionada con hasta 3 años de prisión (creación Eduardo Alonso metricadigital.com)

TOLUCA, Edoméx., 3 de junio 2017.- Las denominadas “casas amigas” donde se convoca a los ciudadanos para que antes y/o después de emitir su voto, les sea entregado dinero en efectivo, despensas, artículos electrodomésticos o algún otro obsequio por haber votado a favor del candidato que se les indicó; junto con el “acarreo de votantes” que se podría realizar desde algunas colonias, comunidades y poblaciones en general hacia los centros de votación a instalarse el domingo 4 de junio.

 

Así como la compra de votos que se podría presentar a unos metros de las casillas que se instalarán para que los mexiquenses elijan en libertad y secreto a la o el futuro gobernante del Estado de México, sí podrán ser detectados por personal de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE), policías investigadores de la Fiscalía de Justicia General del Estado de México (FJGEM), así como por elementos de la Policía Federal (PF) y de la Comisión Estatal de Seguridad y guardianes del orden municipal que el día de la jornada electoral vigilarán de forma discreta el correcto desarrollo de la misma.

 

«En un escenario de una casa amiga (donde se paga el voto)…. tendríamos que analizar y revisar si efectivamente se está cometiendo un delito”, precisó Javier Humberto Domínguez Aguilar, Director General Adjunto de Averiguaciones Previas de la Fiscalía Especializada Para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE).

 

El titular del área de investigación de la Fiscalía aclaró que ante un escenario de esas características –casas amigas–, los investigadores tendrán que proceder con estricto apego a la ley, ya que en derecho penal no se puede hacer una interpretación de un hecho, es decir se tiene que contar con elementos suficientes para intervenir y en su caso solicitar a un juez la orden de cateo, escenario complejo pero no imposible de realizar, pese a que “la compra o la coacción del voto se registra de manera instantánea”, precisó.

 

“Existen delitos que están descritos en la Ley General en Materia de Delitos Electorales. Si la conducta, si el hecho, se ajusta a esa descripción legal, entonces estamos en presencia de un delito y en función de eso procederemos. Si el delito se está cometiendo en flagrancia, podemos proceder contra la persona o las personas que estén incurriendo en ese tipo de conductas o acciones”, explicó.

 

Para Dorilita Mora Jurado, Directora General de la Policía Criminal de la FEPADE, el acarreo de votantes sí puede constituirse como una “conducta delictuosa” y aunque es una situación irregular compleja de acreditar, la policía federal y estatal, así como el personal encargado de vigilar la jornada electoral, se darán a la tarea de prevenirla y en su caso detener a la persona (s) que la realice, subrayó.

 

“A través de los recorridos se estará muy atento para que de detectarse una conducta de esas características, de inmediato se sancione”, puntualizó.

 

Para la funcionaria federal por ningún motivo los ciudadanos pueden admitir presiones para votar por alguna persona determinada y su sufragio debe realizarse de manera libre.

 

Los electores no pueden ser condicionados, bajo ninguna circunstancia o por alguna persona, para emitir su voto a favor de un candidato específico, ni tampoco se puede condicionar la entrega de algún programa social por su preferencia electoral, puntualizó.

Ley General en Materia de Delitos Electorales

La fracción VII y VIII del Artículo 7 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales precisa que se impondrán de cincuenta a cien días multa y prisión de seis meses a tres años, a quien:

“Solicite votos por paga, promesa de dinero u otra recompensa, o bien mediante violencia o amenaza, presione a otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o en los tres días previos a la misma. Si la conducta especificada en el párrafo anterior es cometida por un integrante de un organismo de seguridad pública, se aumentará hasta un tercio de la pena prevista en el presente artículo”.

Dicha fracción también añade:

“De igual forma, se sancionará a quien amenace con suspender los beneficios de programas sociales, ya sea por no participar en eventos proselitistas, o bien, para la emisión del sufragio en favor de un candidato, partido político o coalición; o a la abstención del ejercicio del derecho de voto o al compromiso de no votar a favor de un candidato, partido político o coalición”.

En tanto que la fracción VIII, indica:

“Solicite u ordene evidencia del sentido de su voto o viole, de cualquier manera, el derecho del ciudadano a emitir su voto en secreto”.

 

La Policía Federal en la jornada electoral

De acuerdo al Coordinador de la Policía Federal (PF) en el Estado de México, Eduardo Góngora Espinoza, en las principales carreteras y municipios mexiquenses estarán operando 3 mil elementos de la Policía Federal con el objetivo de garantizar que la jornada electoral transcurra de forma tranquila y segura.

“La Policía Federal tiene como objetivo garantizar la seguridad de todos los mexiquenses para que ejerzan su derecho a voto en la próxima jornada electoral”, dijo Góngora Espinoza.

Titulares de las áreas de seguridad y procuración de justicia en materia electoral estatal y federal, garantizaron a la población que podrá acudir a votar con tranquilidad y sin ningún problema.

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