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GEM y PISA la mancuerna perfecta

La mancuerna conformada por el GEM y PISA ha sido todo un éxito: “lograron” disminuir el porcentaje de accidentes automovilísticos; sancionaron a 300 mil automovilistas y de paso generaron miles de pesos a las cuentas de ambos operadores de “fotomultas”.

 

Cuando prácticamente todos los mexiquenses se encontraban celebrando las fiestas patrias del 15 de septiembre de 2014, Erasto Martínez Rojas y Damián Canales Mena, en ese momento secretario de Finanzas y de Seguridad Ciudadana del Gobierno del Estado de México (GEM), respectivamente, junto con Milton Parada Rodríguez, representante legal  de la empresa poblana Proyectos en Ingeniería, Seguridad y Abastecimiento (PISA), firmaban el convenio para poner en marcha el esquema de “fotomultas” que en tres meses de operación generó más de 300 mil infracciones de acuerdo a datos oficiales de la Comisión Estatal de Seguridad (CES).

Número extraordinario que al día, en promedio, representa más de 3 mil 300 multas para igual número de automovilistas.

Por lo que la expectativa de ingreso para el GEM y PISA (operador del sistema hasta el 31 de diciembre de 2017), es de 105 millones de pesos, en caso de pagarse al cien por ciento todas las infracciones emitidas hasta el momento, es decir sin el 50 por ciento de descuento por pronto pago.

El esquema de fotomultas basado en la política estatal de seguridad “Límite Seguro”, arrancó el 28 de noviembre de 2015. Tres meses después el saldo es muy positivo para la mancuerna pública y privada que opera el sistema de “fotomultas”, ya que aseguran haber reducido los accidentes en un 12 por ciento a partir de que el sistema sanciona a aquellos automovilistas que rebasan los 80 kilómetros por hora y son detectados por las videocámaras.

En contraste, el escenario  no ha sido favorable para miles de conductores  sorprendidos por las videocámaras, ya que han pagado 352 pesos que se reducen a 176 en caso de haber cubierto la multa durante los quince días siguientes de haber sido notificados.

Hasta finales de febrero del 2016 la política gubernamental implementada para disminuir accidentes  vehiculares en el Estado de México, había generado alrededor de mil 538 demandas de automovilistas que no reconocen la infracción o consideran que la autoridad está cometiendo un abuso en su contra, por lo que interpusieron una denuncia ante el Tribunal Contencioso Administrativo del Estado de México (TRICAEM).

Alrededor de un cuarenta por ciento de las demandas han sido resueltos a favor de los quejosos y el resto de los juicios sigue en proceso.

Por lo que el GEM deberá reintegrar el monto del pago de la infracción a los conductores que ha sancionado de forma irregular.

¿Si se paga una multa que fue ilegal, puede impugnarse? Y en su caso, ¿se devuelve el monto cubierto? plantea el TRICAEM en su página electrónica, espacio donde también se responde:

“Si puede impugnarse una multa, y aún cuando haya sido pagada, si el Tribunal de lo Contencioso Administrativa determina la ilegalidad de la misma, la autoridad deberá reintegrar al particular el monto cubierto”.

Para Diana Luz Orihuela Marín, Secretaria General del Pleno de la Sala Superior del TRICAEM, independientemente de que la política del GEM para disminuir accidentes automovilísticos está resultando exitosa (según las mismas cifras de la autoridad estatal), los automovilistas que aseguran haber sido agraviados por un acto administrativo de las dependencias estatales que operan el programa de fotomultas, han estado acudiendo de forma importante a las Salas que tiene el TRICAEM en Toluca, Ecatepec, Nezahualcóyotl, Tlalnepantla, Naucalpan y Atizapán de Zaragoza.

“Pueden ser  varias las circunstancias por las que pueden invalidarse estas infracciones, como por ejemplo el estar señalado de manera genérica que la infracción fue captada en la carretera Toluca México, pero no se precisa exactamente en qué kilómetro; también se puede establecer que no se establece en donde, en que poblado se llevó –la infracción-  acabo”,  explicó Orihuela Marín.

La funcionaria del Tribunal precisó que todo acto de autoridad debe ser muy preciso, por lo que en caso de que los titulares de las Salas regionales detecten que existen irregularidades o inconsistencias en las boletas de “fotomultas”, la dependencia que impuso la sanción económica tendrá que reintegrar el pago al ciudadano y en aquellos casos de que no se haya hecho, la autoridad deberá de desistirse del cobro por motivos como:

Fallas del sistema; errores o imprecisiones del tiempo y lugar donde se cometió la infracción o incluso cuando en el documento (“fotomulta”) no está identificado el nombre y cargo del funcionario que avaló la emisión de la sanción y el nombre completo de la dependencia que impone la sanción al automovilista, entre otras.

La Secretaria General del Pleno de la Sala Superior del TRICAEM, precisó que cada caso es muy particular y tiene una circunstancia distinta, por lo que no se podría establecer con precisión todos aquellos elementos que podrían permitir una cancelación o reintegro del dinero del demandante, objetivo que en el fondo persigue la mayoría de los ciudadanos que acuden al Tribunal, puntualizó.

Luz Orihuela precisó que las demandas relacionadas con “fotomultas”, son atendidas personalmente por la figura de Asesor  Comisionado que opera en cada una de las Salas del Tribunal; funcionario público que  se encarga de realizar todos los trámites de forma gratuita, subrayó.

Aclaró que al denunciante sólo se le requiere en prácticamente tres o dos ocasiones,  que es cuando se presenta a iniciar su denuncia, así como en una posible reunión de conciliación entre las partes y por último a la audiencia donde se emite la resolución.

“El Asesor Comisionado de la Sala es el que hace prácticamente todo. Elabora el escrito de la demanda con base en la narración y datos que aporte el automovilista; se puede decir que el denunciante confía todo el proceso en el Asesor”, puntualizó.

Tribunal Contencioso Administrativo que se convierte en el “salvavidas” para todos aquellos automovilistas que al ir circulando en vías de comunicación primarias donde opera el arco-radar de fotomultas, habrían sido detectados rebasando el límite de velocidad de 80 kilómetros por hora.

Para ciudadanas como Silvia “N” “N”,  el sistema de “fotomultas” representó una merma importante a su economía pues hasta finales de enero acumuló 30 infracciones presumiblemente por rebasar el límite de velocidad al circular sobre los carriles centrales de Paseo Tollocan.

Récord de supuestos excesos de velocidad que para la señora que es vecina de Ocoyoacac, tiene su origen no en una pasión por la velocidad sino en su dinámica familiar (llevar y recoger  a sus hijos de la escuela) que la obliga a conducir, en ocasiones a más de 80 y menos de 90 kilómetros por hora.

Por lo que hizo un encarecido llamado al principal impulsor de las “fotomultas”, el gobernador Eruviel Ávila Villegas, revisar lo antes posible el límite de velocidad en vías primarias como es Paseo Tollocan.

Los operadores

Recargados sobre la “debilidad”, gusto, pero sobre todo la necesidad de trasladarse a una velocidad ágil que permite cumplir horarios en una dinámica social urbana donde el tiempo para los automovilistas implica productividad, eficiencia, “oro” puro, la política pública de fotomultas se vislumbran como el negocio más redituable para el “novedoso” esquema de coparticipación entre sector público y privado que en los últimos años han impulsado y apuntalado los administradores del GEM.

El esquema de negocio de PISA está apalancado en la política pública estatal de seguridad, eje rector, sustento y base de las proyecciones de ganancias monetarias que sin duda brindan confianza al sector privado que “invierte”, no permite errores matemáticos y sabe perfectamente que un territorio donde están matriculados 6 millones 248 mil 168 automóviles, siempre habrá un conductor que rebase los 80 kilómetros por hora que se establecido como límite de  velocidad para circular por vías primarias.

Hipótesis que en materia económica generan proyecciones interesantes para los operadores de las “fotomultas”, pues se advierte que para cada una de las partes, GEM y PISA, la derrama podría ser de 5.2 millones de pesos por mes, en el hipotético escenario de que se infraccione a mil unidades por día, y sólo en aquellos municipios donde opera el sistema como son:

Cocotitlán, Ecatepec, Tlalnepantla, Naucalpan, San Felipe del Progreso, Jocotitlán, Valle de Chalco, Temamatla, Tenango del Aire, Atlacomulco, Metepec, Texcoco, Atizapán, Nicolás Romero y Toluca.

Localidades que representan sólo 12 por ciento de los 125 municipios que hay en el Estado de México, y donde operan  arcos con videocámaras detectoras de velocidad.

Reportes de la CES precisan que hasta finales de febrero de 2016, no se han habilitado la totalidad de arcos detectores de velocidad, aunque a más tardar a finales del presente año deberán estar en funcionamiento los aproximadamente sesenta puntos contemplados en el convenio.

 

La infracción por rebasar los límites de velocidad en los municipios mexiquenses referidos, se genera a partir de que el radar y dispositivo vídeo-fotográfico, capta la irregularidad y en automático genera una «foto-multa» que significa un desembolso de 5 salarios mínimos para el infractor.

La multa es entregada en el domicilio del propietario del vehículo por Sepomex, de acuerdo a su número de placa que está vinculado al padrón vehicular del gobierno del Estado de México.

El infractor debe pagar un monto de 352 pesos, aunque  si la multa se cubre antes de 15 días (después de haber sido notificado al dueño de la unidad), tendrá un descuento de 50 por ciento, es decir el pago será de 176 pesos.

Dichas cifras permiten sostener que el negocio de PISA y esquema de prevención vehicular del GEM,  podría catapultarse de forma extraordinaria si el programa se extiende a toda la entidad,  ya que el número de conductores-infractores se elevaría de manera sustancial  y por ende la ganancia para ambas partes se multiplicaría.

En caso de que el infractor no efectúe el pago respectivo de la fotomulta, no podrá proceder a  realizar la verificación de partículas no contaminantes de su unidad (verificación), ni tampoco podrá pagar el refrendo de la tenencia de su automotor (tenencia).

En este sentido, entre las cláusulas establecidas por PISA y aceptadas por el GEM para poner en marcha el esquema de fotomultas y garantizar la generación de dinero, está la siguiente:

“Realizar los ajustes necesarios a los sistemas de control y/o administración de vinculación de adeudos al Estado de México, para no permitir el pago o trámite de otros servicios a los causantes, hasta encontrarse al corriente en el cumplimiento del pago de las multas electrónicas por el concepto de rebasar el límite autorizado de  velocidad”, precisa la cláusula número 5 del convenio de concertación de acciones.

El acuerdo entre las autoridades estatales mexiquenses y la empresa tecnológica radicada en el  estado vecino de Puebla, no sólo sorprendió porque se otorgó a una empresa que no radica, opera y paga impuestos en la entidad mexiquense, sino sobre todo porque es extraordinariamente ventajoso para PISA, al otorgarle el 50% del monto de las multas pagadas.

“Cubrir a PISA el 50% (cincuenta por ciento) del total de las infracciones por exceso de velocidad efectivamente cobradas, como consecuencia de la automatización del procedimiento de infracción, mediante la detección de la velocidad de los vehículos, mediante el sistema instalado por «PISA», de conformidad con lo indicado por la cláusula CUARTA del presente”, advierte el apartado dos de la cláusula Tres.

 

La operatividad

Para garantizar que el sistema de fotomultas opere de forma precisa, el GEM estableció  en el contrato, algunos de los siguientes aspectos:

PISA deberá realizar el suministro, instalación, configuración y puesta a punto de la infraestructura y sistemas necesarios para la operación óptima del proyecto, en la detección de velocidad y reconocimiento de matrículas en los carriles detallados.

“Deberá entregar a «EL GOBIERNO» como mínimo la fecha, hora, velocidad, matrícula, vialidad, carril, fotografía de matrícula y fotografía de vehículo, de los que superen los límites permitidos de velocidad en la vialidad, para efectos de creación de la infracción en los formatos electrónicos que el Gobierno considere y/o acezando a través de un Web Server”.

El acuerdo también menciona que la empresa PISA deberá almacenar en una base de datos electrónica, el histórico correspondiente de conformidad con lo establecido a la norma aplicable, las lecturas para efectos de control y para cualquier procedimiento administrativo o judicial, así como el lugar que la Secretaría de Seguridad Ciudadana especifique y de acuerdo a los requerimientos que la misma Secretaría determine.

Añade que para facilitar al ciudadano el acceso a la información de multas electrónicas, deberá contarse con un sitio web para la consulta de infracciones y emisión de línea de captura para el pago, y deberá contar con un módulo de revisión de lecturas de multas en caso necesario.

En su portal electrónico PISA presume los beneficios de las fotomultas y sostiene:

Para el ciudadano: mayor conciencia sobre los excesos de velocidad, menor  índice de accidentes viales, mayor tranquilidad para los padres de familia, disminución de los índices de corrupción policíaca.

Para nuestros clientes: mayor cantidad de vehículos robados recuperados, menor número de incidencias automotrices, mayor transparencia en los ingresos por concepto de multas, menor riesgo mediático y mayor retorno de la inversión.

 

¿Quién es PISA Seguridad?

Autoidentificada como “Líder en Foto Tecnología”,Proyectos en Ingeniería, Seguridad y Abastecimiento (PISA), se crea el  16 de septiembre de 2010, en la ciudad de  Puebla.

El nacimiento de la empresa que de acuerdo a su plataforma digital ofrece servicios de almacenamiento (de información), conexión inalámbrica, impresión, radares, software, UPS  (respaldo de energía) y videograbación, a través de sus asociados internacionales, fue atestiguado por  el Abogado Miguel Ángel Tejeda Ortega, titular de la Notaría Número Catorce de Puebla.

“Tiene por objeto, entre otros, la compraventa, distribución publicación, creación, explotación, reproducción, duplicación, producción, edición, mantenimiento, reparación fabricación, servicio, proyección, difusión, creación de tecnología relacionados al cine, radio, vídeo, fotografía, audio, televisión, computo, sistema, software, multimedia, animación y todo lo derivado y conexo con los medios de comunicación en general incluye todos sus accesorios, equipos, materiales y materia prima de procedencia nacional o extranjera así como ejecutar actos y celebrar contratos que se relacionen con su objeto social”, precisa el apartado 11.2 del contrato firmado entre el GEM y PISA.

En dicho documento se identifica como apoderado Legal a Milton Parada Rodríguez, y se precisa que sus facultades son tan amplias como para firmar el “presente documento”-contrato.

También se añade que PISA “conoce las necesidades y características requeridas para la-: realización del objeto del presente instrumento, cuenta con la capacidad jurídica, económica y de respuesta inmediata, los recursos técnicos y financieros, la experiencia, infraestructura, equipo, herramienta y demás necesarios para obligarse y cumplir eficazmente en sus extremos, los términos y alcances de este convenio”

Es de destacar que PISA, en dicho documento-contrato acordado con el GEM, precisa que su domicilio legal está ubicado en la calle Misantla número 19 de la colonia Roma Sur, en la Delegación Cuauhtémoc de la Ciudad de México.

En el contrato se establece que «el gobierno cubrirá a PISA el 50% (cincuenta por ciento) del total de las infracciones por exceso de velocidad efectivamente cobradas, con motivo del presente, para lo cual EL GOBIERNO constituirá dos cuentas mandatadas a fin de que cada una de ellas contenga el porcentaje que corresponda de las infracciones en comento a cada una de LAS PARTES”.

 

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