De las diez diputaciones de representación proporcional (RP) que el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) quitó el 9 de julio al partido MORENA para reasignarlas al PRI, PAN, PRD y PVEM, sólo cuatro le serán devueltas en las próximas 72 horas; por lo que la conformación de la Legislatura LX del Congreso local que entra en funciones el 5 de septiembre será:
25 diputados de MORENA, 12 del PRI, 11 del PT, 10 del PES, 10 del PAN, 4 del PRD y 3 del PVEM.
Lo anterior fue determinado por los Magistrados Alejandro David Avante Juárez, Juan Carlos Silva Adaya y Martha Concepción Martínez Guarneros, esta última Presidenta de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y ponente del proyecto que ante un escenario inédito (alta votación por MORENA) estableció un “nuevo” mecanismo de asignación de diputados de RP, con un objetivo:
Evitar una sobre representación de MORENA pero a su vez garantiza que junto con PT y PES, partidos con los que conformó la coalición Juntos Haremos Historia, mantenga la mayoría en el Congreso local, tal y como lo estableció de manera contundente el grueso de ciudadanos que acudió a las urnas el pasado primero de julio.
“En el proyecto se realiza un nuevo procedimiento de asignación de diputados por el principio de representación proporcional con en cual se garantiza que todas las fuerzas políticas con derecho a participar en el procedimiento queden debidamente representadas… la distribución de curules queda de la siguiente manera MORENA 4 curules, PAN 8 diputados, PRI 11 diputados, PRD 4 diputados y Verde Ecologista de México 3 diputados”.
Precisa el acuerdo que deroga la sentencia del TEEM y ordena al Consejo Electoral del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), revocar las constancias de mayoría por el principio de representación proporcional que había otorgado (a cuatro de diez candidatos) y reasignarlas a MORENA.
Durante la sesión que inició a las 22:15 horas del martes y prolongó hasta la 01:10 horas de este miércoles, el Magistrado Avante Juárez dijo estar a favor del proyecto pero aclaró que el diseño, operación y estructura que establece la Ley General de partidos para el funcionamiento de las coaliciones electorales, “es una normativa incompleta, deficiente y que permite la afectación directa al principio de representatividad y de elecciones auténticas”, subrayó.
Añadió que esas deficiencias desencadenan situaciones tan contradictorias como la registrada en el Distrito Electoral 31 donde 70 mil 61 ciudadanos favorecieron a MORENA, es decir 42.38 por ciento, mientras que por el PT se inclinaron 5 mil 51, es decir 3.05 por ciento de los electores, pero como en ese Distrito la referida coalición “Juntos Haremos Historia” celebró un acuerdo político y estableció que ahí el candidato sería un militante del PT, aunque los ciudadanos abrumadoramente se inclinaron por MORENA quien ganó en el papel y ante la autoridad electoral, fue el candidato del PT.
“Cómo le explicas aun ciudadano que no voto por MORENA sino por el PT”, cuestionó el Magistrado tras ratificar que ese mal diseño del esquema de coaliciones genera un problema de representatividad.
Los representante de la coalición Juntos Haremos Historia establecieron en el convenio de coalición que 50 por ciento de las curules ganadas serían para
MORENA, 23 por ciento para el PT y 26 por ciento para el PES.`
Por lo anterior aunque Encuentro Social (desaparecerá porque no alcanzó 3% de la votación) obtuvo 2.31 por ciento de la votación total podrá detentar 11 diputaciones, mientras que el 3.03 por ciento obtenido por el PT le permitirá a diez de sus candidatos ocupar igual número de curules.
“Si una regla permite que un cargo de elección popular no este respaldado en votos sino en un acuerdo político, entonces tenemos el problema que esa disposición resulta ser contraria al principio de representatividad y, si esta regla está inserta en el principio de representación proporcional pues también lo afectará”, aseguró el Magistrado Alejandro David Avante Juárez.
No dudo en sostener que tanto PES como PT obtuvieron 10 y 11 diputaciones de RP, respectivamente, sin contar con el respaldo mayoritario de los votantes mexiquenses, ya que logaron acceder a esas posiciones a través del convenio de coalición firmado con MORENA al que calificaron como un mecanismo de desencadenó una “sobrerepresentación consentida” por MORENA.
“Nadie puede detentar un cargo de elección popular si no tiene votos que expliquen por qué es funcionario electo; si yo no tengo votos para que se me considere electo y detento un cargo de elección popular, solo hay dos explicaciones: una, se está faltando a la democracia y este funcionario no será electo por voluntad popular o bien, alguien, quien si tiene la representación popular (MORENA) me facilitó el acceso al cargo”, subrayó.
En su intervención el Magistrado Juan Carlos Silva Adaya puntualizó que mientras existan 45 distritos electorales con igual número de representación de mayoría y 30 de representación proporcional, nunca se podrá realizar una distribución proporcional de éstas últimos curules.
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