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La encrucijada mexiquense

Las múltiples acciones para atajar a la delincuencia común y organizada emprendidas por la policía adscrita al Gobierno del Estado de México (GEM) y direcciones de seguridad pública municipal,  sólo ha permitido alcanzar una efectividad de 26 por ciento en promedio, lo que implica que en poco más de dos terceras partes de los 52 mil 456 delitos denunciados, el autor no fue detenido.

 

De acuerdo al cruce de datos oficiales de la Procuraduría local y Comisión Estatal de Seguridad (CES) realizado por metricadigital.com/home, durante marzo del presente año se iniciaron 17 mil 937 carpetas de investigación relacionadas con igual número de ilícitos y en ese mismo mes la policía estatal y municipal reportó que sólo logró detener a 5 mil 84 probables responsables de algún ilícito.

Cifras altas en relación a años anteriores, pero bajas respecto al total de delitos cometidos en el Estado de México (la productividad de los agentes ministeriales de la Procuraduría mexiquense, no hay datos públicos, ya que las carpetas de investigación guardan secrecía).

El desglose oficial sobre los aseguramientos precisa que 2 mil 991 de los presuntos delincuentes, fueron detenidos por la policía estatal; mientras que 2 mil 93 por elementos de las corporaciones policíacas municipales, es decir ambas fuerzas de seguridad, dan cuenta de una efectividad de entre 16 y 11 por ciento, respectivamente, en relación al número de delitos registrados en dicho periodo.

Lo anterior implicaría que de cada diez delitos cometidos y denunciados, la policía estatal y local, sólo logra detener, entre uno y dos probables autores de los mismos.

Pese a la baja productividad de las policías, los reportes de la autoridad en esta materia son superiores a años anteriores, lo que advierte que en los últimos tres meses hay una mayor “eficiencia” en las calles por parte de los guardianes del orden público.

No obstante ante los altos indicadores delictivos y panorama de poca efectividad por parte de los policías, en relación al número total de delitos cometidos, el titular del Poder Ejecutivo del GEM, Eruviel Ávila Villegas, desde el segundo año de su mandato tomó medidas drásticas, pues optó por empezar a endurecer el Código Penal estatal, elevando el castigo y eliminando beneficios de preliberación a delincuentes que cometen sus acciones con violencia.

El mandatario también intensificó mecanismos para depurar y someter a exámenes de control de confianza a todos los policías; impulsó la creación de una policía de élite que estará conformada por 2 mil elementos.

Así mismo, también otorgó a la empresa Seguritech un contrato por 6 mil 300 millones de pesos, para que instale en 44 municipios, 30 del valle de Toluca y 14 del valle de México, 10 mil videcámaras de vigilancia, 350 kilómetros de fibra óptica, adecue 44 Centros de Mando Municipales, coloque sistemas GPS a 3 mil patrullas y habilite 25 arcos carreteros con sistemas para detectar placas con reporte de robo (sistema que empezará a operar a finales de 2015).

Sobre la primera medida tomada desde la gubernatura para intentar atajar las acciones delictivas, se puede sostener, con base en los indicadores oficiales, que la modificación legal de elevar las penas, metió al sistema de procuración e impartición de justicia oral y sistema penitenciario, en una encrucijada de seguridad.

Ya que las repercusiones fueron inmediatas, pues no sólo se saturaron los juzgados orales, sino también están poniendo en riesgo el control interno de algunas cárceles estatales.

Esto último de acuerdo a la Recomendación 08/2015 de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem), en la cual se advierte que hay condiciones de ingobernabilidad al interior del Centro Preventivo y de Readaptación Social Santiaguito de Almoloya de Juárez, entre otras irregularidades.

En este sentido, las cifras oficiales sobre dicha problemática indican que de enero de 2014 a marzo de 2015, la población penitenciaria pasó de 20 mil 067 a 25 mil 756 reclusos, respectivamente, lo que significó un incremento del 28% de personas privadas de su libertad en tan sólo 15 meses.

El incremento de recursos para sostener y operar el sistema penitenciario no fue en esas proporciones, ya que en ese mismo periodo el presupuesto asignado a Prevención y reinserción social (de acuerdo  a Gacetas), sólo aumentó en un 8.9% al pasar de 1,288 millones de pesos en 2014 a 1,403 millones en 2015.

Otra medida anunciada por el mandatario y ejecutada por los operadores de la política de seguridad estatal, José Manzur, Damián Canales y Alejandro Gómez,  secretario general de gobierno, comisionado de la policía estatal y procurador, respectivamente, fue intensificar los mecanismos para que los aproximadamente 15 mil policías operativos estatales, 45 mil efectivos municipales y aproximadamente mil 700 agentes investigadores, fueran sometidos a exámenes de control de confianza.

De forma paralela a dicha acción, junto con militares y policía federal, giró instrucciones para habilitar Bases de Operaciones Mixtas (BOM) en las zonas más conflictivas del territorio estatal.

La presencia e intensificación de patrullajes en Ecatepec, Nezahualcóyotl, Tecámac, Texcoco, Tlalnepantla, Tultitlán, Valle de Chalco, Zumpango, Chimalhucán, Cuautitlán Izcalli, Atizapán de Zaragoza, Nicolás Romero, Tejupilco, Luvianos, Tlatlaya, San Simón de Guerrero, Amatepec, Valle de Bravo, Toluca, Zinacantepec y Metepec, entre otros municipios catalogados como zonas de riesgo y con presencia de bandas del crimen organizado, no ha logrado disminuir de manera sustancial los actos delictivos.

Al respecto el reporte mensual del titular de la CES, Damián Canales Mena, precisa que la comisión de ilícitos durante el primer trimestre del presente año, disminuyó en casi un 19 por ciento, ya que mientras  en el primer trienio de 2014 se denunciaron 64 mil 733 delitos, en ese mismo periodo pero de 2015 la cifra fue de 52 mil 456. 

“El primer trimestre de 2015 registra valores (delitos) similares a los observados en el primer trimestre del año 2001”, precisa el reporte de la CES emitido en abril, el cual también establece que en febrero la entidad ocupó el lugar número 15 en el ranking delictivo nacional por cada cien mil habitantes.

 

Saturan cárceles mexiquense

De acuerdo a reportes de la Comisión Estatal de Seguridad del gobierno estatal, de enero 2014 a marzo de 2015, el aumento de internos en las cárceles mexiquenses ha sido sustancial, al pasar de 20 mil 67 internos en enero de 2014 a 25 mil 756 a marzo de 2015.

Cifras a las que tuvo acceso metricadigital.com/home advierten que el comportamiento mensual en 2014 y 2015 de la población penitenciaria mexiquenses, fue el siguiente:

20 mil 067 en enero, 20 mil 476 en febrero, 21 mil 040 en marzo, 21 mil 378 en abril,  21 mil 963 en mayo, 22 mil 497 en junio, 22 mil 984 en julio, 23 mil 590 en agosto y 24 mil 022 en septiembre de 2014.

Para enero del 2015,  la cifra rompió la barrera de 25 mil personas privadas de su libertad y en marzo la cifra llegó a los 25 mil  726 reclusos.

Cifras que de acuerdo a Damián Canales Mena, titular de la CES, generan una sobrepoblación de casi cien por ciento, pero ese fenómeno, dijo, es preferible a tener a los delincuentes causando daño en las calles y afectando a la población.

De acuerdo a los reportes de la CES, en los 21 Centros de Readaptación Social con los que cuenta el Gobierno del Estado de México, se han registrado de enero a marzo del presente año 5 mil 186 ingresos y 4 mil 235 egresos.

El número de personas privadas de su libertad por delitos del fuero común y federal que hay en cada una de las cárceles estatales, es el siguiente:

Ecatepec 4 mil 431; Nezahualcóyotl (Bordo) 4 mil 244; Tlalnepantla (Barrientos) 3 mil 649; Almoloya (Almoloyita) 3 mil 426; Chalco Mixquic 2 mil 538; Texcoco (Molino de las Flores) 2 mil 182; Otumba Tepachico (donde se albergan a todos los sentenciados y procesados por secuestro) mil 160 internos.

Cuautitlán 998; Tenancingo 465; Zumpango 431; Quinta del Bosque (para menores de edad infractores) 394; Tenango del Valle 367; Vale de Bravo 362; Ixtlahuaca 348; Jilotepec 323; Penitenciaría Dr. Guillermo Colín 284; El Oro 238; Temascaltepec 234; Sultepec 231; Lerma 228 y Otumba 123.

 

4 feminicidios por mes en Edomex

El 18 de marzo del 2011 apareció el Artículo 242 BIS en el Código Penal del Estado de México, a partir de ese momento se han registrado 194 homicidios de mujeres, por las características en que fueron localizados los cuerpos y/o se les privó de la vida, la Procuraduría estatal los catalogó como feminicidios.

El número total de este tipo de delitos (a partir de su tipificación) significaría que cada mes se cometen cuatro eventos en promedio en municipios urbanos, semiurbanos y rurales de la entidad mexiquense.

De acuerdo a informes de José Manzur, titular de la Secretaría General de Gobierno, de los 194 decesos de mujeres que sí fueron identificados como feminicidios, 124 han sido judicializados y en más de 60 se detuvo y sentenció al responsable.

Sobre este último aspecto el procurador Alejandro Gómez Sánchez esgrimió en su momento que la institución que encabeza, aportó elementos suficientes al Poder Judicial para que uno de sus jueces impusiera una sentencia de más de cien  años al autor de un feminicidio.

Es de destacar que pese a que los diputados locales y el mismo gobernador Eruviel Ávila Villegas han optado por endurecer-incrementar las penas de manera sustancial para intentar inhibir el delito, hasta el momento los casos se siguen presentando.

El Artículo 242 BIS del Código Penal del Estado de México “feminicidio”, indica:

Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

I. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;

II. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;

III. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;

IV. Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;

V. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;

VI. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;

VII. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público;

VIII. Como resultado de violencia de género, pudiendo ser el sujeto activo persona conocida o desconocida y sin ningún tipo de relación.

En los casos a que se refiere este artículo, la penalidad será de cuarenta a setenta años de prisión o prisión vitalicia y de setecientos a cinco mil días multa.

Además de las sanciones descritas en el presente artículo, el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.

La pena se agravará hasta en un tercio cuando la víctima sea mujer menor de edad, embarazada o discapacitada, así como cuando el sujeto activo sea servidor público y haya cometido la conducta valiéndose de esta condición.

En caso de que no se acredite que existieron razones de género al privar de la vida a una mujer; al momento de resolver, para la imposición de las sanciones penales correspondientes, el juez aplicará las disposiciones señaladas en los artículos 242, fracción II y 245 fracción V, inciso d) de este ordenamiento.

Se entenderá como homicidio doloso, la privación de la vida de una mujer por razones de género, para los efectos de:

1) La imposición de la prisión preventiva oficiosa.

2) La remisión parcial de la pena, tratamiento preliberacional, libertad condicionada al sistema de localización y rastreo, y libertad condicional.

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