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Hasta 8 años de cárcel por vender alcohol a menores

Además de afectar su salud, el alcohol los pone en riesgo de accidentes y genera violencia: Gabriel Gtz Cureño

Hasta ocho años de cárcel podría ser la sanción para aquellas personas que vendan alcohol a menores de edad, tras las reformas al Código Penal aprobadas por unanimidad en la Legislatura local, a iniciativa del diputado Mario Gabriel Gutiérrez Cureño.

De acuerdo con el promovente del proyecto, el consumo de bebidas alcohólicas conlleva riesgos que van desde enfermedades físicas hasta comportamientos que pueden derivarse en conductas atípicas, antijurídicas y hasta delictuosas; y en el caso de los menores, los riesgos son más graves, pues los pone en riesgo de accidentes de tránsito y la proliferación de la violencia.

El Estado de México es la segunda entidad después de la Ciudad de México, con más índice de venta de alcohol a menores, y se estima que un 60 por ciento ha probado alcohol antes de los 15 años.

En su intervención en tribuna, el diputado morenista refirió que la alcaldesa de Tecámac, Mariela Gutiérrez fue impulsora de la iniciativa preocupada por la paz y la tranquilidad de su municipio, además de procurar por los menores.

“Es obligación de las y los legisladores actualizar la legislación estatal, en el caso particular, del Código Penal del Estado, para ponerlo en armonía con la dinámica social y dotarlo de normas jurídicas actuales, y congruentes con las exigencias sociales, que garanticen mejores condiciones para las y los menores”, apuntó Mario Gabriel Gutiérrez.

La reforma al artículo 204 establece que comete el delito contra las personas menores de edad y quienes no tienen la capacidad para comprender el significado del hecho, al que por cualquier medio, obligue, procure, induzca o facilite a una persona menor de edad o quien no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho o la capacidad de resistirlo, a realizar las siguientes conductas: consumo de bebidas alcohólicas, narcóticos o sustancias tóxicas, se le impondrá pena de cuatro a ocho años de prisión y de 500 a 4 mil días multa.

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