Connect with us

Hi, what are you looking for?

En Portada

Los derechos labores en México, consecuencias de las luchas obreras

Foto: Mural "Lucha de clases" de Diego Rivera. SEP

Cada 1 de mayo conmemoramos a las y los trabajadores del mundo que han a lo largo de los últimos 150 años el reconocimiento de condiciones dignas y derechos labores de los que gozamos por ley.

Sin embargo, en países como el nuestro, aún quedan pendientes y deudas para con la clase trabajadora, sobre todo después de las reformas neoliberales de décadas pasadas que vulneraron los derechos humanos obtenidos por las luchas obreras, así como condiciones socioeconómicas como la informalidad y la omisión de vigilancia del Estado con el cumplimiento de las responsabilidades obrero patronales, así lo comenta el especialista en derecho laboral, Luis Gonzalo Botello Ortiz.

 

El inicio de las luchas obreras en México

El profesor de la Universidad Autónoma del Estado de México, señala que las primeras huelgas de trabajadores en México se dieron a inicio del siglo XX, en Río Blanco, Veracruz y Cananea, Sonora. El objetivo de estas, así como de todas las huelgas desde décadas anteriores y posteriores es buscar el equilibro entre los actores de producción, es decir, las empresas y sus dueños, con sus trabajadores.

Así, añade el especialista, las huelgas de Cananea y Río Blanco, si bien fueron reprimidas brutalmente, lograron consolidar el respeto a dignidad de trabajador, lo que se vio reflejado en el artículo 123 de la Constitución de 1917, y posteriormente, en 1931, en la emisión de la Ley Federal del Trabajo.

“Un buen movimiento obrero busca el justo equilibrio entre los actores de producción. Esto se refleja en mayor productividad para la empresa y mejores beneficios para los trabajadores. Es un ganar/ganar, así ambas partes obtienen beneficios.” Luis Gonzalo Botello Ortiz, especialista en derecho laboral.

Especifica que los primeros derechos laborales que se obtuvieron en nuestro país a través de las luchas obreras fueron:

  • Una jornada laboral de 8 horas diarias
  • Mayor igualdad salarial entre trabajadores extranjeros y mexicanos
  • Erradicación de la violencia física en espacios de trabajo
  • Que los trabajadores fueran mayoritariamente mexicanos
  • Prohibición del trabajo infantil y edad mínima para trabajar de 16 años
  • Descansos obligatorios
  • Pago de salarios en una hora y fecha fija.
  • Derecho a la formación de sindicatos
  • Derecho a irse a huelga

 

Derechos laborales que se han ganado recientemente

El también académico del Tecnológico de Monterrey afirma que, a pesar de existir una Ley del trabajo y protección constitucional, a partir de 2012 y más recientemente, la clase trabajadora mexicana obtuvo logros al incluir reformas pendientes o que subsanaran retrocesos que les vulneraban, como la existencia del outsourcing. Asegura que el efecto de las luchas obreras es presionar al Estado, a los patones ya los tribunales a hacer valer los derechos laborales.

Estas reformas fueron:

  • Regularización del teletrabajo tras la pandemia de Covid-19, incluido el derecho a la desconexión fuera de la jornada laboral y el derecho a la intimidad, que prohíbe revisar cámaras más allá del horario establecido.
  • “Ley silla”, que obliga a las empresas brindar una silla a sus trabajadores que realicen sus jornadas de pie para que tengan descanso.
  • Reconocimiento de las trabajadoras del hogar y la obligación de sus patrones a darles seguridad social y prestaciones de ley como vacaciones, aguinaldo y descansos.
  • Reconocimiento y prohibición de cualquier tipo de discriminación laboral.
  • Penalización del hostigamiento y acoso laboral y sexual dentro de espacios de trabajo, tanto si lo cometen patrones como si lo permiten.
  • Incremento de vacaciones a mínimo 12 días por el primer año trabajado.
  • Anexión de contratos como el de capacitación inicial y por temporada.
  • Sustitución del outsourcing por la contratación especializada.
  • Jornadas labores por horario: la nocturna de 7 horas, la diurna de 8 horas y media y la vespertina de 7 horas y media.
  • Reconocimiento de descansos obligatorios semanales y diarios, es decir, al menos media hora de descanso o para comida en jornadas de ocho horas al día o una hora de descanso en jornadas continuas.
  • Voto libre y secreto en la elección de autoridades sindicales y el contrato colectivo.
  • El trabajador puede decidir si paga o no las cuotas sindicales.
  • Se creó el Centro federal de Conciliación Laboral para agilizar la resolución a conflictos laborales.
  • Reconocimiento especial para trabajadores del campo, incluidos sus propios derechos conforme a sus necesidades.

Pendientes para alcanzar un trabajo digno

A pesar de los logros de los últimos años, obtenidos por la constante presión de la clase trabajadora como sociedad civil, todavía persisten condiciones laborales inhumanas que son consecuencia de la informalidad y de la falta de vigilancia del Estado, así lo especifica Botello Ortiz.

Reconoció que se mantienen jornadas laborales de 24 por 24 horas, de 24 horas de descanso por 48 horas continuas o de 12 horas por 12 horas de descanso en algunos sectores. Además, muchas empresas y espacios de trabajo informales no dan contrato, ni seguridad social y mucho menos pagan el tiempo extraordinario a sus trabajadores.

“El Estado sabe y reconoce estas ilegalidades, pero no tiene la capacidad de poner orden. En este sentido, la Secretaría del Trabajo está retrasada.” Luis Gonzalo Botello Ortiz, especialista en derecho laboral.

Añadió que también existen empresas que hoy se declaran en ceros o con pérdidas para no repartir utilidades entre sus trabajadores, otra vulneración ilegal a las luchas ganadas por las y los trabajadores.

 

¿A dónde recurrir si no respetan mis derechos como trabajador?

El experto en derecho laboral recordó que desde 2019 los conflictos son atendidos por el Poder Judicial, lo que permite resoluciones más rápidas y eficientes para ambas partes.

Especifica que el procedimiento de una demanda laboral está establecido en el Artículo 123 constitucional, fracción A. Esta puede interponerse ante la Secretaría del Trabajo o tribunales especializados en materia laboral y siempre debe contener elementos de prueba.

Antes de llegar a una sentencia, el Estado debe buscar una conciliación entre partes para llegar a un acuerdo para resarcir los daños provocados al trabajador sin llegar a afectar a la empresa de tal manera que cierre, indicó.

Además, señala que la Ley establece principios para que las instancias de impartición de justicia subsanen errores u omisiones en la demanda o en la redacción de la misma.

Recordó que el proceso hasta la solución en tribunales dura en promedio un año y dos meses.

“Nunca es tarde para hacer valer nuestros derechos… El sector público debe poner el ejemplo de respeto a los derechos laborales, aunque sabemos que no es así porque depende de las personas que estén al frente”.

Click to comment

Podría interesarte...